Aplicación de Tarifa Superior en Retención en la Fuente.

Es de común ocurrencia que al momento de practicar la correspondiente retención en la fuente; nos pregunten si es procedente autorizar una tarifa superior en retención, cuando la persona natural la solicita en valores absolutos y no en porcentaje; a continuación abordaremos este tema.

 

tarifa superior en retención


Para resolver el planteamiento anterior; debemos remitirnos a lo estipulado en el artículo 383 del Estatuto Tributario Nacional el cual dispone:.

«Artículo 383 Tarifa. La retención en la fuente aplicable a los pagos gravables efectuados por las personas naturales o jurídicas, las sociedades de hecho, las comunidades organizadas y las sucesiones ilíquidas, originados en la relación laboral, o legal y reglamentaria, y los pagos recibidos por concepto de pensiones de jubilación, invalidez, vejez de sobrevinientes y sobre riesgos laborales de conformidad con lo establecido en el artículo 206 de este Estatuto; será la que resulte de aplicar a dichos pagos la siguiente tabla de retención en la fuente:

Parágrafo 3. Las personas naturales podrán solicitar la aplicación de una tarifa de retención en la fuente superior a la determinada de conformidad con el presente artículo, para la cual deberá indicarla por escrito al respectivo pagador. El incremento de la tarifa de retención en la fuente será aplicable a partir del mes siguiente a la presentación de la solicitud.
(…»).

   

Consulte: Tratamiento Tributario de las Indemnizaciones.

Al observar el parágrafo 3.; como la tabla de retención a que hace referencia la norma que nos ocupa, la tarifa marginal está dada en porcentaje. No obstante, la liberalidad que ostenta el contribuyente para solicitar la aplicación de una tarifa de retención en la fuente superior a la establecida, no puede verse limitada a la fijación de un porcentaje, pues aun cuando el valor adicional propuesto se haga en pesos, este podrá en todos los casos llevarse a un porcentaje, con lo cual se sigue resguardando la finalidad de la norma.

TAMBIÉN LE PUEDE INTERESAR.